
Solemne II EM II
Hoy rendimos nuestra segunda solemne de Ética Médica II, la cual tenia las siguientes instrucciones para realizarla:
Introducción
La ética médica actual enfrenta uno de sus mayores desafíos en las decisiones que rodean el final de la vida. El avance de la medicina ha permitido prolongar la existencia humana más allá de los límites naturales, pero también ha generado dilemas profundos sobre cuándo un tratamiento deja de ser un acto de cuidado y se convierte en una forma de obstinación terapéutica. En este contexto, la reflexión bioética adquiere un papel esencial para orientar a los equipos de salud en decisiones que involucran la dignidad, el sufrimiento y la autonomía del paciente.
El caso de Elena, paciente de 58 años diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), plantea un debate entre los principios fundamentales de la bioética: la autonomía, la beneficencia, la no maleficencia y la justicia. Su enfermedad progresiva la ha llevado a depender de asistencia ventilatoria no invasiva, manteniendo plena lucidez cognitiva. Elena expresó en sus Voluntades Anticipadas (VA) su deseo de no recibir medidas invasivas ni nutrición artificial, priorizando únicamente el confort y los cuidados paliativos. Sin embargo, en su situación actual, marcada por un sufrimiento existencial profundo, solicita al equipo médico la posibilidad de una eutanasia activa, lo que en Chile aún carece de reconocimiento legal.
El conflicto se complejiza con la intervención de su hijo, quien, desde una perspectiva moral y afectiva, se opone a cualquier acción que acelere la muerte de su madre, insistiendo en la prolongación de la vida mediante medidas de soporte y sedación aumentada. Este choque entre la autonomía de la paciente y la visión de su familiar sitúa al equipo médico frente a una encrucijada que requiere un abordaje ético integral, donde no basta con aplicar la ley o un principio aislado, sino que se exige discernimiento moral, prudencia y diálogo interdisciplinario.
En el contexto chileno, la Ley N.º 20.584 (2012) regula los derechos y deberes de las personas en relación con su atención de salud, reconociendo el derecho de los pacientes a otorgar o retirar su consentimiento informado. Asimismo, la ley permite el rechazo de tratamientos médicos, aunque no autoriza la eutanasia activa, lo que sitúa a los profesionales dentro de un marco legal que favorece la Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET) y los cuidados paliativos integrales como alternativas éticamente válidas. Por otro lado, el Comité Nacional de Bioética de Chile (2023) ha recomendado que las decisiones sobre terminar una vida se basen en la proporcionalidad de los tratamientos y el respeto a la dignidad del paciente, evitando tanto la distanasia como el abandono terapéutico.
El siguiente informe adopta la perspectiva de un Comité de Ética Asistencial, con el propósito de analizar de manera crítica y argumentada el caso de Elena. El objetivo es reflexionar sobre cómo proceder éticamente ante un conflicto en el que existen diferentes factores a considerar como el sufrimiento humano, la autonomía personal, los vínculos familiares y los límites de la práctica médica.
A través del análisis de los principios bioéticos, las normas vigentes y la literatura científica, se busca proponer una respuesta que respete tanto la voluntad de la paciente como la preocupación del hijo, favoreciendo una muerte digna entendida no como el acortamiento de la vida, sino como la posibilidad de morir en paz, sin dolor y en coherencia con los propios valores.
Objetivos
1.- Analizar críticamente el caso clínico de la paciente Elena desde una perspectiva ética, legal y humanista, considerando los principios fundamentales de la bioética.
2.- Evaluar el conflicto entre la autonomía de la paciente y la posición moral del hijo.
3.- Examinar la proporcionalidad terapéutica de las intervenciones médicas, diferenciando entre eutanasia, limitación del esfuerzo terapéutico (LET) y distanasia en el contexto chileno actual.
4.- Identificar los principios orientadores que deben guiar la toma de decisiones en la fase terminal.
5.- Proponer un curso de acción ético y reflexivo que armonice las convicciones personales y familiares con las normativas vigentes.
Designación de roles
Como grupo debemos actuar como un Comité de Ética Hospitalario, lo que implica que cada integrante asuma un rol ético-profesional distinto, pero que todos participen en la elaboración de una tesis central única. Si bien pueden existir diferentes roles, nosotros consideraremos los siguientes 3 principales: Rol médico, rol bioético y rol jurídico.
- Rol Médico/Clínico
Se encarga de evaluar el estado de salud de la paciente, la proporcionalidad de los tratamientos y los posibles cursos clínicos. Para este caso, el Dr. Eduardo Guerra González analizará si la ventilación mecánica no invasiva (VNI) constituye una medida proporcionada o una forma de distanasia.
Argumenta desde el punto de vista de la ética médica y la responsabilidad profesional respondiendo a preguntas como proporcionalidad terapéutica, LET y distanasia.
- Rol Bioético/Presidente del CEA
Representa la voz del Comité de Ética Asistencial. La presidenta Gisselle Chamorro Rojas se encargará de examinar los principios bioéticos involucrados: autonomía, beneficencia, no maleficencia, justicia y proporcionalidad. Media entre las posturas del equipo de salud, la paciente y su hijo. Además, plantea el marco ético-reflexivo que orienta la decisión institucional abordando preguntas como conflicto de valores, autonomía vs. familia, principios éticos en conflicto.
- Rol Jurídico/Ético-Legal
El abogado Miguel Antiguay Fuentes interpretará el caso según el marco legal chileno vigente, especialmente la Ley 20.584, las Voluntades Anticipadas, la normativa sobre cuidados paliativos y las limitaciones legales de la eutanasia. Por otro lado, analiza la validez ética y legal de las decisiones médicas y familiares garantizando que la recomendación del comité se mantenga dentro de los límites de la ley y la deontología profesional considerando temas como autonomía legal, validez de las VA, límites normativos.
Elaboración de tesis central
El Comité de Ética Asistencial considera que el curso de acción más adecuado frente al caso de la paciente Elena consiste en respetar tanto su voluntad actual como las convicciones de su hijo, buscando un equilibrio que permita garantizar una muerte digna, segura y ética mediante la aplicación de cuidados paliativos integrales y la Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET) en forma proporcional.
Esta decisión se fundamenta en el respeto a la autonomía del paciente, la beneficencia, la no maleficencia y la justicia, reconociendo que el sufrimiento físico y existencial de Elena requiere intervenciones sensibles y coordinadas.
Desde el rol Médico, se enfatiza la necesidad de evaluar clínica y éticamente la proporcionalidad de la ventilación mecánica no invasiva, determinando si constituye una medida adecuada o una forma de distanasia, además de proponer un plan de cuidados paliativos ajustado al confort de la paciente y coordinar la implementación de la LET, asegurando que cualquier retiro o reducción de la VNI se realice minimizando el sufrimiento.
Desde la perspectiva Bioética, se analiza de manera profunda los principios éticos en conflicto, especialmente la autonomía de Elena frente a la preocupación de su hijo, promoviendo un diálogo que permita comprender y conciliar ambas posiciones; el rol Bioético también orienta al comité y al equipo médico sobre la interpretación ética de las Voluntades Anticipadas y la solicitud de eutanasia, asegurando que la acción propuesta respete la dignidad y los valores fundamentales de la paciente, así como el monitoreo de la implementación de la decisión durante toda la fase terminal.
Desde el rol Jurídico, se revisa el marco legal chileno vigente, incluyendo la Ley N.º 20.584 y la normativa sobre Voluntades Anticipadas, con el fin de determinar la validez y los límites de la LET y de los cuidados paliativos, asesorando sobre la legalidad de cada intervención y documentando formalmente la decisión para garantizar claridad en la trazabilidad legal y la protección ética del equipo médico.
En conjunto, esta tesis central establece que la solución óptima requiere un abordaje interdisciplinario coordinado, donde el Médico asegura el manejo clínico adecuado, el Bioético guía la toma de decisiones morales y el Jurídico garantiza la legalidad y protección de derechos, buscando minimizar el sufrimiento de la paciente, respetar su autonomía y los valores familiares, y proporcionar un marco seguro y ético para todo el equipo de salud involucrado.
Preguntas de análisis crítico
1. Autonomía, voluntades anticipadas, perspectiva ético legales.
Elena firmó un documento de Voluntades Anticipadas (VA) expresando su rechazo a medidas invasivas y su preferencia por cuidados paliativos. Sin embargo, su solicitud actual de eutanasia activa plantea un conflicto entre su autonomía previa (documentada) y su autonomía presente (manifestada en el sufrimiento actual).
Desde una perspectiva ética y legal chilena, la Ley N.º 20.584 reconoce el derecho del paciente a consentir o rechazar tratamientos médicos, siempre que se encuentre en condiciones de expresar su voluntad (Ministerio de Salud, 2012). No obstante, dicha ley no contempla la eutanasia activa, sino la limitación del esfuerzo terapéutico y los cuidados paliativos.
El peso ético mayor recae en la autonomía actual de la paciente, siempre que esta sea expresada con plena capacidad cognitiva (Consejo de Ética del Colegio Médico, 2020). No obstante, el equipo debe actuar dentro del marco legal vigente, interpretando el sufrimiento de Elena como una demanda de alivio integral y acompañamiento, más que una petición estricta de eutanasia.
2. Limitación esfuerzo terapéutico (LET), distanasia, medidas proporcionales.
En el contexto de la paciente Elena, es fundamental distinguir entre la Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET), que incluye la retirada de la ventilación mecánica no invasiva (VNI), y la eutanasia activa, pues ambos procedimientos buscan abordar el sufrimiento, pero desde perspectivas éticas y jurídicas distintas.
La LET consiste en no iniciar o suspender tratamientos médicos que resulten desproporcionados o que no aporten beneficio significativo, permitiendo que el proceso natural de la enfermedad siga su curso. En este caso, retirar la VNI se consideraría una LET si se entiende que el soporte ventilatorio ha dejado de ser proporcional frente al estado clínico avanzado de la paciente, donde su calidad de vida está gravemente comprometida y los tratamientos adicionales solo prolongarían la agonía sin aliviar el sufrimiento de manera significativa. La LET no tiene como finalidad directa causar la muerte; su objetivo es respetar la proporcionalidad terapéutica, priorizando la dignidad del paciente y su derecho a una muerte natural con el menor sufrimiento posible (Cherny & Radbruch, 2015; Truog, 2018). Por el contrario, la eutanasia activa implica administrar intencionadamente una sustancia con el objetivo directo de provocar la muerte de la persona, en este caso para aliviar el sufrimiento físico y existencial. Su acción es causalmente determinante de la muerte y no busca simplemente retirar un soporte considerado desproporcionado, sino terminar con la vida del paciente. Desde el punto de vista ético, la eutanasia activa entra en conflicto con el principio de no maleficencia porque si bien pretende aliviar el sufrimiento, se genera un acto que provoca la muerte, mientras que la LET se enmarca dentro de la ética del cuidado y del respeto a los límites razonables del tratamiento.
En el plano clínico, aplicar la LET requiere un proceso deliberativo que incluya comunicación con la paciente y familiares, documentación rigurosa y seguimiento de cuidados paliativos, asegurando que la muerte sea un resultado de la evolución natural de la enfermedad y no un efecto directo de una intervención destinada a causar la muerte. Por el contrario, la eutanasia activa requiere una acción directa e intencional para terminar con la vida, lo que, en el contexto legal chileno actual, excede los límites permitidos y plantea un dilema ético de mayor complejidad, especialmente frente a la oposición del hijo como representante legal de Elena.
Por lo tanto, la diferencia esencial radica en la intención, el mecanismo y la proporcionalidad: la LET respeta la vida y la autonomía del paciente mediante la retirada de tratamientos desproporcionados, mientras que la eutanasia activa implica provocar la muerte de manera intencionada, lo que requiere un análisis ético-jurídico más riguroso y actualmente no legal en Chile, aunque pueda considerarse como un ejercicio hipotético dentro del debate bioético. Esta distinción es clave para guiar al Comité de Ética en la toma de decisiones que respeten los derechos, valores y dignidad de Elena sin vulnerar la legalidad ni los principios de la profesión médica.
3. Reflexión final de la vida (Muerte digna/valores/principios)
El rechazo del hijo de Elena, basado en su convicción sobre la sacralidad de la vida, representa una postura moral y afectiva que busca preservar la existencia biológica de su madre a toda costa. Este enfoque se basa en una comprensión tradicional del valor de la vida como bien absoluto e inviolable, donde toda acción que pueda acortar su duración se percibe como éticamente inaceptable. Sin embargo, desde la perspectiva de la bioética contemporánea, el respeto por la vida no puede desligarse de la dignidad y de la calidad de esa vida, especialmente en contextos de enfermedad terminal y sufrimiento irreversible.
El hijo, al sostener su posición, expresa un acto de amor y de cuidado, pero también incurre en una forma de paternalismo afectivo, al subordinar la autonomía de su madre a su propio juicio moral.
La autonomía de Elena, quien se mantiene cognitivamente lúcida y con plena capacidad de decisión, es el principio ético que adquiere mayor relevancia en este caso. Negarle el derecho a decidir sobre el manejo de su propia agonía implicaría desconocer su libertad personal y su capacidad de autodeterminación, valores esenciales reconocidos por la ética médica y la legislación chilena vigente (Ley N.º 20.584, 2012).
Por otro lado, el principio de beneficencia obliga al equipo médico a procurar el bien integral de la paciente, entendiendo que el bien no siempre equivale a prolongar la vida, sino también a aliviar el sufrimiento físico, emocional y espiritual. En contraposición, el principio de no maleficencia exige evitar causar daño; en este contexto, insistir en tratamientos desproporcionados o prolongar artificialmente la agonía podría constituir una forma de daño ético y clínico.
El principio de justicia también entra en juego, pues demanda un trato equitativo y respetuoso hacia todas las partes involucradas: la paciente, su familia y el equipo médico, garantizando que las decisiones se basen en criterios objetivos, no en imposiciones afectivas o religiosas.
En este conflicto, los principios de autonomía y beneficencia entran en mayor tensión con la no maleficencia, dado que prolongar una vida sin calidad podría vulnerar la dignidad de la paciente. No obstante, la verdadera resolución ética no se alcanza oponiendo principios, sino equilibrándolos mediante la deliberación prudente y el diálogo entre las partes. El equipo médico, guiado por el Comité de Ética, debe acompañar al hijo en la comprensión del proceso de su madre, ayudándole a transitar desde una visión centrada exclusivamente en la vida biológica hacia una comprensión más integral de la muerte digna como parte del ciclo natural de la existencia humana.
A los principios clásicos del Informe Belmont, se puede agregar el principio de compasión, entendido como la capacidad de reconocer y responder al sufrimiento ajeno con empatía, respeto y cuidado. La compasión, más allá de la beneficencia, no busca solo hacer el bien, sino humanizar la relación terapéutica, validando el dolor emocional de la paciente y de su familia. Este principio, ampliamente considerado en la ética del cuidado (Gilligan, 1982; Noddings, 2013), invita a los profesionales de la salud a integrar la dimensión afectiva en la toma de decisiones éticas, fomentando una medicina más sensible y centrada en la persona.
En conclusión, el rechazo del hijo no constituye un impedimento ético válido para negar a Elena una muerte digna conforme a sus valores y deseos expresos. Más bien, este conflicto debe ser abordado mediante el acompañamiento ético y la comunicación compasiva, reconociendo que tanto la vida como la muerte poseen una dimensión de dignidad que trasciende la mera supervivencia biológica. La tarea ética del equipo médico no es imponer una postura, sino armonizar la autonomía de la paciente con el amor filial del hijo, permitiendo que ambos puedan vivir este proceso desde la comprensión y la paz.
4. Terminalidad y agonía (Principios orientadores)
Si se decide aplicar únicamente cuidados paliativos y retirar la ventilación mecánica no invasiva (VNI) como parte de una Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET), la atención de Elena debe centrarse en el respeto absoluto por su dignidad, autonomía y confort. En esta etapa de terminalidad y agonía, los cuidados ya no se orientan a prolongar la vida, sino a asegurar una muerte natural, tranquila y acompañada, en coherencia con los valores y deseos previamente expresados por la paciente. Para lograrlo, el equipo médico debe guiarse por un conjunto de principios orientadores ético-clínicos que aseguren el menor sufrimiento posible, tanto físico como existencial.
El primer principio orientador es la proporcionalidad terapéutica, que implica ajustar las intervenciones médicas a las reales necesidades de la paciente, evitando tanto la obstinación terapéutica como el abandono asistencial. Este principio establece que todo tratamiento debe evaluarse en función de su beneficio esperado, su impacto en la calidad de vida y su coherencia con la voluntad de la persona. En el caso de Elena, retirar la VNI no significa renunciar al cuidado, sino redimensionar la atención hacia la comodidad y la serenidad del proceso de morir, garantizando que cada intervención tenga un sentido humanizador y compasivo.
El segundo principio es la integralidad del cuidado paliativo, entendido como un abordaje interdisciplinario que atiende las dimensiones físicas, psicológicas, sociales y espirituales del sufrimiento (Ministerio de Salud, 2022). Este principio exige un trabajo coordinado entre médicos, enfermeras, psicólogos, terapeutas y acompañantes espirituales, con el propósito de aliviar síntomas como la disnea, el dolor, la ansiedad o el miedo. De esta manera, el equipo de salud se convierte en un mediador entre el alivio del sufrimiento y el respeto por la autonomía de la paciente, promoviendo una experiencia de fin de vida libre de dolor y llena de significado humano.
El tercer principio fundamental es la comunicación compasiva, que se traduce en el deber de mantener un diálogo constante, claro y empático con la paciente y su familia. La comunicación debe incluir información transparente sobre el proceso de retirada de la VNI, las posibles manifestaciones físicas del final de la vida y las medidas que se tomarán para controlar cualquier síntoma de angustia o sufrimiento. Este principio no solo mejora la confianza y la colaboración entre el equipo médico y la familia, sino que también humaniza la muerte, convirtiéndola en un acto compartido de comprensión y acompañamiento.
Asimismo, se debe aplicar el principio de confort y alivio del sufrimiento, mediante la utilización adecuada de la sedación paliativa, cuando esté clínicamente indicada. Esta medida busca reducir la conciencia del dolor y la disnea sin intención de acelerar la muerte, diferenciándose claramente de la eutanasia (Cherny & Radbruch, 2015). La sedación paliativa, en este contexto, se justifica éticamente bajo la doctrina del doble efecto, en la que el alivio del sufrimiento es la intención primaria y el eventual acortamiento de la vida es un efecto indirecto no buscado (Beauchamp & Childress, 2019).
Finalmente, el principio de acompañamiento familiar y espiritual es esencial para mitigar el sufrimiento existencial. Permitir la presencia del hijo y de los seres queridos en los momentos finales ayuda a favorecer un cierre emocional tanto para la paciente como para su entorno. La espiritualidad, entendida en un sentido amplio no necesariamente religioso, ofrece contención, reconciliación y paz interior. De este modo, la muerte no se concibe como un fracaso médico, sino como una etapa natural del proceso vital que puede ser vivida con serenidad y sentido.
En síntesis, los cuidados paliativos y la LET deben aplicarse desde una ética del cuidado que promueva el acompañamiento activo, el control del dolor, la comunicación transparente y la compasión profesional. El objetivo final no es prolongar ni acortar la vida, sino garantizar que Elena muera sin sufrimiento, rodeada de respeto, presencia y humanidad. Este abordaje integral reafirma la misión ética de la medicina: aliviar cuando no se puede curar y acompañar cuando ya no se puede intervenir.
Conclusión
El caso de Elena constituye un escenario paradigmático en el análisis de los límites éticos y clínicos del ejercicio médico, confrontando a los profesionales de la salud con decisiones que trascienden lo técnico y se adentran en la esfera moral, jurídica y humana. A través del estudio interdisciplinario realizado desde los roles médico, bioético y jurídico, el grupo concluye que el curso óptimo para este caso es cumplir la voluntad de la paciente, aplicando cuidados paliativos integrales y limitando el esfuerzo terapéutico (LET) de manera proporcionada, con el fin de garantizar una muerte digna y sin sufrimiento innecesario.
El principio que rige este caso es la autonomía, entendida no solo como un derecho legal, sino como una expresión profunda de la libertad y dignidad humana. Elena, plenamente consciente y en uso de sus facultades, ha manifestado reiteradamente su deseo de no prolongar su vida mediante medios artificiales. Por tanto, desconocer su decisión supondría vulnerar su integridad moral y reducir su condición de persona a un objeto de intervención médica. La ética profesional exige respetar esta autonomía, siempre que las decisiones del paciente sean informadas, coherentes y no perjudiquen a terceros.
El rechazo del hijo, basado en la sacralidad de la vida, expresa amor, temor y una visión tradicional del deber filial, pero no constituye un impedimento ético para la realización de una muerte digna. Más bien, este conflicto revela la tensión entre autonomía, beneficencia y no maleficencia, principios que deben ser deliberados en un marco de diálogo compasivo. Insistir en prolongar la vida mediante medios desproporcionados podría, en este contexto, transformarse en un acto de daño y de distanasia, contrario al deber ético de aliviar el sufrimiento.
La distinción entre la LET y la eutanasia activa es esencial para comprender la ética de las decisiones al final de la vida. Mientras la LET busca suspender tratamientos fútiles que ya no aportan beneficio, respetando el curso natural de la enfermedad, la eutanasia implica una acción directa para provocar la muerte. Esta diferencia radica en la intención: la LET procura acompañar el proceso de morir con humanidad y sin obstinación, en tanto que la eutanasia busca deliberadamente poner fin a la vida. Aun cuando esta última no sea legal en Chile, el ejercicio bioético de analizarla en contextos hipotéticos resulta crucial para formar criterios sólidos en torno a la muerte digna, la compasión y los límites del deber médico.
En la fase de terminalidad y agonía, los principios orientadores deben centrarse en la proporcionalidad terapéutica, el confort, la comunicación empática y el acompañamiento familiar y espiritual. Los cuidados paliativos, cuando se aplican correctamente, no son una renuncia a la vida, sino una afirmación de su valor intrínseco, al priorizar la dignidad sobre la mera prolongación biológica. En este marco, la sedación paliativa y la comunicación transparente son herramientas éticas y clínicas que permiten ofrecer alivio y presencia, incluso cuando la curación ya no es posible.
Desde una mirada bioética, este caso nos invita a una reflexión más amplia sobre el papel de la medicina en la sociedad actual. Estudiar bioéticamente estos casos es esencial, no solo para desarrollar competencias teóricas, sino para fortalecer la sensibilidad moral y la capacidad deliberativa de los futuros profesionales de la salud. La bioética ofrece un lenguaje común que permite dialogar entre disciplinas, integrar ciencia y humanidad, y comprender que cada decisión médica es, en última instancia, una decisión moral. Casos como el de Elena enseñan que la medicina no se reduce a intervenir cuerpos, sino que implica acompañar personas en sus transiciones vitales, reconociendo sus valores, su autonomía y su derecho a morir con dignidad.
La reflexión grupal reconoce que enfrentar dilemas como este en el ámbito académico prepara a los profesionales para asumir con madurez moral los desafíos de la práctica clínica real. Analizar estas situaciones fomenta la empatía, la prudencia y el pensamiento crítico, cualidades indispensables en el quehacer sanitario contemporáneo. Comprender los límites éticos del poder médico es, en definitiva, comprender la esencia misma del cuidado humano. Surgen entonces la pregunta: ¿Cómo equilibrar el respeto por la autonomía del paciente con el deber de preservar la vida? ¿Qué significa realmente cuidar con humanidad en el final de la vida?
Así, concluimos que la decisión más ética y humana en el caso de Elena es respetar su voluntad y acompañarla con compasión, aplicando cuidados paliativos y la LET bajo un enfoque interdisciplinario y respetuoso del marco legal. Este proceso reafirma que la verdadera finalidad de la medicina no es solo prolongar la vida, sino preservar la dignidad, aliviar el dolor y acompañar con humanidad hasta el final. Estudiar bioéticamente estos dilemas no solo forma mejores profesionales, sino también mejores seres humanos, conscientes de que el arte de cuidar incluye saber cuándo y cómo dejar ir con amor y respeto.
Bibliografía
- Beauchamp, T. L., & Childress, J. F. (2019). Principles of Biomedical Ethics (8th ed.). Oxford University Press.
- Cherny, N. I., & Radbruch, L. (2015). European Association for Palliative Care (EAPC) recommended framework for the use of sedation in palliative care. Palliative Medicine, 29(9), 876–892.
- Gilligan, C. (1982). In a Different Voice: Psychological Theory and Women's Development. Harvard University Press.
- Ley N.º 20.584. (2012). Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
- Ministerio de Salud de Chile. (2022). Guía Clínica: Cuidados Paliativos para Personas con Enfermedades Avanzadas o Terminales. Gobierno de Chile. https://www.minsal.cl
- Noddings, N. (2013). Caring: A Relational Approach to Ethics and Moral Education (2nd ed.). University of California Press.
- Truog, R. D. (2018). End-of-life decision-making: The role of physician-assisted death. New England Journal of Medicine, 379(14), 1285–1292.
